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Cambios históricos en la Ley Migratoria: el Gobierno endurece deportaciones y habilita cobrar salud y educación a extranjeros

Por decreto, el Ejecutivo nacional modificó la Ley 25.871. Endurecen las condiciones para obtener la ciudadanía, se permite cobrar por atención médica y educación universitaria a extranjeros sin residencia permanente, y se redefinen las categorías migratorias. Las nuevas medidas ya rigen en todo el país.

Pais29 de mayo de 2025Redacción Grupo InfopbaRedacción Grupo Infopba
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Cambios históricos en la Ley Migratoria: el Gobierno endurece deportaciones y habilita cobrar salud y educación a extranjeros

Redacción del Diario Diario Reportero

El Gobierno Nacional oficializó este jueves una profunda reforma en la política migratoria argentina a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025, publicado en el Boletín Oficial. La medida modifica aspectos centrales de la Ley 25.871 y establece nuevas condiciones para el acceso de los extranjeros a servicios esenciales como salud y educación, así como para la permanencia y regularización migratoria en el país.

Entre los puntos más destacados del decreto se encuentra la habilitación al arancelamiento del sistema de salud público para extranjeros sin residencia permanente. A partir de ahora, los hospitales nacionales solo estarán obligados a prestar atención gratuita en situaciones de emergencia. En cualquier otro caso, deberán exigir la presentación de un seguro de salud o el pago anticipado del servicio.

Asimismo, el texto normativo permite que las universidades públicas cobren aranceles a los estudiantes extranjeros que no posean residencia permanente. La gratuidad de los estudios de grado queda garantizada exclusivamente para ciudadanos argentinos y residentes permanentes, mientras que las instituciones educativas podrán establecer retribuciones para el resto, de acuerdo con la reglamentación vigente.

Otro de los cambios sustanciales tiene que ver con la expulsión de extranjeros. El nuevo régimen endurece los criterios para las deportaciones y restringe el acceso a la nacionalidad por naturalización, dejando en claro que la residencia precaria no podrá ser utilizada como justificativo de arraigo.

Según indica el decreto, los inmigrantes serán admitidos bajo tres categorías: residentes permanentes, residentes temporarios o residentes transitorios. La Dirección Nacional de Migraciones tendrá la facultad exclusiva para modificar estas categorías y revocar las residencias precarias cuando considere que se desnaturalizaron los motivos que dieron origen a su otorgamiento.

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